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Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)

Cuando eres autónomo sueles trabajar y operar en tu mismo país, pero ¿qué pasa si tienes que realizar un servicio o vender un producto a otros países de la Unión Europea? En el post de hoy te contamos qué es el ROI y te mostramos quiénes están obligados a darse de alta, así como todo lo necesario para realizar esta alta de forma correcta y sin preocupaciones.


¿Qué es el ROI?

El ROI es el Registro de Operadores Intracomunitarios. Un listado de empresarios que ofrecen servicios o venden productos a otras empresas o profesionales de Estados miembro de la UE.

Este listado o censo se llama VIES y permite cotejar si están dados de alta ambos, el empresario que ofrece el bien o servicio y el profesional o empresa que va a recibirlo. Si esto es afirmativo en ambas partes la factura que se genere estará exenta de IVA.


¿Quién está obligado a darse de alta en el ROI?

Deben inscribirse en el ROI los empresarios, profesionales o entidades que realicen o sean destinatarios de:

  • Entregas de bienes de forma intracomunitaria
  • Compra de bienes sujetas al impuesto.
  • Prestación de servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea, en el caso de que el sujeto pasivo sea el destinatario.
  • Personas jurídicas que, sin actuar como empresarios o profesionales, realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.


¿Cómo darse de alta en el ROI?

Para darse de alta en el ROI si ya se es autónomo se solicita la cumplimentación del modelo 036 que es la declaración censal de alta o modificación.

Se marcará la casilla de solicitud de alta y se introducirá la fecha prevista para la primera operación en la casilla 584.

Si por el contrario todavía no se es autónomo se deberá marcar la casilla 130 de la página 1, y la casilla 582 y 584.

La resolución debe producirse en un plazo aproximado de 3 meses. Si pasado este tiempo no hay respuesta del alta se tendrá que considerar denegada la asignación del número VAT que se solicita.

Si precisaras conocer si un operador es poseedor del número VAT puedes consultarlo en el VIES.

El número que se genera cuando Hacienda te incorpora al ROI es un NIF-IVA formado por el prefijo de España (ES) seguido de tu número de identificación fiscal.

Si, por el contrario, prefieres delegar estas altas del Registro de Operadores Intracomunitarios para quedarte más tranquilo y saber que todo está bien gestionado lo mejor es que te pongas en contacto con tu asesoría fiscal de confianza. Ellos lo solicitarán y llevarán a cabo todos los trámites para que puedas despreocuparte y poner el foco en tus labores habituales.

Desde la Asesoría Reguera y Diepa ofrecemos este servicio de forma efectiva con el objetivo de que el autónomo o empresa puedan obtener su número VAT sin complicaciones y sabiendo que este trámite está siendo gestionado de forma correcta.

Información de contacto

Grupo Reguera y Diepa
Batalla de Teruel 36
Tel.: 928 09 39 69

35013 Las Palmas de Gran Canaria





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